Seguros de Responsabilidad Civil para las obras en construcción

Las aseguradoras cubren los reclamos de terceros o sus derechos habientes por daños y perjuicios en razón de la responsabilidad civil que surja en los artículos 1109 al 1136 del Código Civil – hechos que deben estar amparados y especificados en la póliza.

Los seguros de responsabilidad civil para la construcción son para responder frente a daños a terceros, y son obligatorios en varias ciudades de Argentina, como lo es en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Pueden cubrirse dentro de la póliza al: propietario del inmueble, empresa contratista y subcontratistas. A la cobertura básica se le pueden agregar adicionales opcionales (deben ser solicitadas específicamente) :

  • derrumbe de linderos
  • filmaciones a linderos, carga y descarga
  • zanjeo
  • rotura de cañerías
  • caída de objetos
  • carteles
  • obra iniciada
  • RC cruzada
  • cláusulas de no repetición
  • descargas eléctricas
  • derrumbe del edificio de construcción / refacción

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