Qué cubre el seguro de responsabilidad civil

¡Descubre todo lo que necesitas saber sobre el seguro que te protege frente a terceros!

¿Alguna vez te has preguntado qué cubre exactamente el seguro de responsabilidad civil? Este tipo de seguro es esencial para protegerte en caso de que causes daños a otras personas o a sus bienes. En este artículo, exploraremos las coberturas más importantes y algunos datos curiosos que te sorprenderán.

El seguro de responsabilidad civil es uno de los más importantes, ya que no solo cubre daños a terceros, sino que también puede incluir una amplia gama de situaciones. Por ejemplo, ¿sabías que en algunos países este seguro es obligatorio para los dueños de perros? Además, en muchas profesiones, tener un seguro de responsabilidad civil es un requisito indispensable para ejercer de manera legal y segura.

Si estás considerando contratar un seguro de responsabilidad civil, es crucial entender todas las coberturas que ofrece. ¿Qué tipo de daños a terceros están incluidos? ¿Cubrirá también los gastos médicos si alguien resulta herido? Sigue leyendo para descubrir todo esto y más.

Cobertura de daños a terceros

Una de las coberturas más importantes del seguro de responsabilidad civil es la protección contra daños a terceros. Esto significa que, si causas accidentalmente daño a alguien o a su propiedad, el seguro se hará cargo de los costos. Por ejemplo, si estás manejando tu coche y tienes un accidente, el seguro puede cubrir los gastos de reparación del otro vehículo involucrado.

Además de los accidentes de tráfico, este seguro también cubre daños que puedas causar en situaciones cotidianas. Imagina que estás en un centro comercial y accidentalmente derribas un costoso aparato electrónico. En este caso, el seguro de responsabilidad civil se encargaría de los costos de reparación o reemplazo.

Es interesante notar que, en algunas situaciones, este seguro también puede cubrir daños causados por tus mascotas. Por ejemplo, si tu perro muerde a alguien y causa lesiones, los gastos médicos de la víctima podrían estar cubiertos. ¿Te habías imaginado todas estas situaciones posibles?

Cobertura de bienes materiales

El seguro de responsabilidad civil no solo cubre daños personales, sino también daños a bienes materiales. Esto es esencial en situaciones donde puedes accidentalmente causar daños significativos a la propiedad de otra persona. Por ejemplo, si estás en una obra de construcción y una herramienta cae y daña un coche estacionado, el seguro cubriría los costos de reparación.

Este tipo de cobertura es especialmente importante para profesionales y negocios. Un electricista, por ejemplo, podría necesitar este seguro para cubrir posibles daños a los sistemas eléctricos de una casa. Incluso un pequeño error puede resultar en costos elevados, y tener este seguro puede ser un salvavidas financiero.

En algunas industrias, esta cobertura es tan crucial que es un requisito legal tenerla. Esto asegura que las empresas pueden operar con la tranquilidad de que están protegidas contra posibles reclamaciones de terceros. ¿Sabías que algunos contratistas no pueden trabajar sin este seguro?

Cobertura de gastos médicos

Otra cobertura vital del seguro de responsabilidad civil es la de gastos médicos. Si alguien resulta herido en un accidente donde tú eres el responsable, el seguro puede cubrir los costos médicos de esa persona. Esto incluye tratamientos médicos, hospitalización y, en algunos casos, rehabilitación.

Por ejemplo, si organizas un evento y alguien se tropieza y se lesiona, los gastos médicos resultantes podrían estar cubiertos por tu seguro. Esto es fundamental para eventos públicos o actividades donde hay una alta interacción con otras personas.

Además, esta cobertura puede ser extendida para incluir situaciones más específicas, como accidentes deportivos. Si eres entrenador y un atleta se lesiona durante una sesión de entrenamiento, los costos médicos podrían estar cubiertos. ¿Habías considerado la importancia de esta cobertura en tu vida diaria?

Explorar todas las coberturas del seguro de responsabilidad civil puede parecer abrumador, pero entender estos aspectos te ayudará a tomar una decisión informada. ¿Te gustaría saber más sobre cómo este seguro puede protegerte en diferentes situaciones? ¡Sigue leyendo para descubrir más!

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Seguro de Responsabilidad Civil Comprensiva

Dice el art. 1109 de nuestro Código Civil: “todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio…”. Ese sujeto que para el derecho es el “otro”, no es ni más ni menos que el “tercero” que figura en los textos de las pólizas de Responsabilidad Civil Comprensiva. La Responsabilidad Civil Comprensiva (o General) es aquella frente a la cual una empresa debe protegerse a fin de resguardar su patrimonio, en la medida que éste pueda verse afectado por daños al “otro” o al “tercero” que pudiera ocasionar como consecuencia del desarrollo de su actividad específica.

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¿A que se refiere la palabra “comprensiva”?

“Comprensiva” se refiere a que comprende todos los aspectos y variables de la actividad a asegurar. Pero claro está debe estar señalada en la póliza por esta razón será necesario solicitar una serie de coberturas adicionales a la básica porque se corre el riesgo de que al omitirse consideraciones importantes de la actividad que realiza el asegurado, éste quede desprotegido.

Para ilustrarlo con un ejemplo muy simple: si un visitante de una fábrica sufre una caída dentro del establecimiento porque el piso está resbaladizo, este hecho estará cubierto por una responsabilidad civil comprensiva básica. Pero si la póliza contratada por el dueño de la fábrica no posee el adicional de Contaminación Súbita, Imprevista y Accidental, y el visitante se ve afectado por el derrame accidental de una sustancia tóxica que empleo en mis procesos de fabricación, este hecho no estará cubierto por la Responsabilidad Civil Comprensiva Básica.

¿Cómo se estipula el “tercero” afectado?

Contratada la póliza con todos sus adicionales que la tornan ideal para la actividad de que se trate, y ocurrido el siniestro, puede llegar a presentarse un inconveniente, desafortunadamente muy común: el “tercero” afectado resulta NO ser considerado un tercero a los efectos de la cobertura. Y es allí cuando surge la pregunta tan habitual de todo asegurado: Pero, y entonces, qué me cubre? Antes que nada, cabe mencionar quiénes NO son considerados terceros, bajo ningún aspecto, y que están taxativamente estipulados en las condiciones generales de cualquier póliza de responsabilidad civil:

  1. El cónyuge o conviviente en aparente matrimonio, y los parientes del asegurado hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.
  2. Las personas en relación de dependencia laboral con el asegurado en tanto el evento se produzca en oportunidad o con motivo del trabajo.
  3. Contratistas y/o subcontratistas y sus dependientes

Veamos ahora qué grado de dificultad puede presentarse en algún caso:

En el caso de la exclusión del apartado (b) –personas en relación de dependencia laboral con el Asegurado-, si el hecho se produce en ocasión y con motivo del trabajo, o en el trayecto domicilio-trabajo-domicilio (in itinere), el empleado está amparado por la cobertura de la ART (Riesgos del Trabajo). Pero si, por ejemplo, el empleado de un cine concurre un sábado por la noche a ese cine como un cliente cualquiera, y sufre un daño que estuviese contemplado por la cobertura de responsabilidad civil comprensiva, en ese caso se lo considerará un “tercero” (por ej., se produce un incendio y resulta con lesiones).

También esta el seguro de accidentes personales para cubrir a profesionales.

La dificultad mayor para determinar la calidad o no de tercero, es el caso de los contratistas y/o subcontratistas y sus dependientes. Estos NO son considerados terceros, excepto que “se vean afectados por daños producidos por acción u omisión del Asegurado y siempre que los hechos que ocasionan dichos daños no sean de responsabilidad directa del contratista y/o subcontratista y/o que no correspondan específicamente al trabajo para el cual hayan sido contratados.” Ejemplo: un empleado de un contratista que está efectuando trabajos de pintura en mi empresa sufre un daño mientras está subido a una escalera pintando el cielo raso.

En este caso no es considerado tercero sino que deberá canalizar su reclamo y atención médica a través de su empleador (ART). Allí no actuará mi póliza de responsabilidad civil comprensiva. Pero si este mismo empleado de mi contratista asiste al mediodía al comedor de mi empresa, como invitado, para comer, y sufre una intoxicación con la comida, en este caso SI será un tercero, porque el daño no tiene relación con la actividad para la cual fue contratado. Pero, atención! Sólo estará cubierto este hecho si mi póliza posee el adicional de Suministro de Alimentos a Invitados.

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